Revista Jurídica IUS Doctrina 2(3)
https://hdl.handle.net/10669/79199
2024-03-28T18:20:53ZAporte de Kant al concepto moderno del "Estado de Derecho"
https://hdl.handle.net/10669/18045
Aporte de Kant al concepto moderno del "Estado de Derecho"
El desarrollo más preciso de la noción de Estado jurídico o como se le conoce actualmente, estado de derecho, en el pensamiento moderno, está sin duda alguna, en las obras del filósofo alemán de finales del siglo XVIII Emmanuel Kant. Influido en este punto por el pensamiento poderoso del Ginebrino Juan Jacobo Rousseau ,(y también, por los titanes del pensamiento John Locke y Thomas Hobbes) justificó la fundamentación del orden jurídico, como un orden de convivencia en donde se entrelazan en nudos invisibles pero con fuerza de acero la ley, la moral y la libertad.A diferencia de sus predecesores estas nociones son entendidas, y esto es lo novedoso, desde una perspectiva lógico formal, esto es como ideas puras o puros conceptos despojados de todo aquello que no es razón.En Kant desemboca la discusión moderna del contrato social, adecuándose a una justificación de la ley a partir de la noción de autonomía, núcleo del derecho de libertad y de sus derivados inevitables y posteriores como el de la jurisdicción constitucional de la libertad. Esta autonomía es ausencia de supeditación externa y, por tanto, libertad y responsabilidad a la vez. El estado de derecho es así un orden fundado en la razón y en la responsabilidad individual de los miembros de la sociedad. Una ciudad en donde impere sólo la obligación será su antitesis, pero también lo es aquella en donde todo se percibe como derechos subjetivos. El corazón de los hombres, su imperativo categórico, impide al individuo desatenderse de las responsabilidades inherentes a la convivencia.
Justicia mediática
https://hdl.handle.net/10669/18038
Justicia mediática
Bien se podría afirmar que la Justicia Mediática es uno de los problemas más implicantes y a la vez desatendidos de la realidad democrática contemporánea. De la procesión consistente en el demos-kratos se van marginando progresivamente la administración de justicia –entiéndase: de orden por lo que infra se tratará- formal, el mandato legislativa, y muy particularmente la distribución de poderes sobre la que, desde mucho antes de Montesquieu, descansa todo sistema de pesos y contrapesos, cuyo desbalance tiende, indefectiblemente, hacia el desorden en cualquiera de sus dos expresiones: anarquismo o autoritarismo.Lejos de toda sospecha innecesaria y más bien desde una aproximación epistemológica, se ensaya este aporte de univocidad con la intención de motivar la discusión necesaria e inevitable relativa a la incidencia de la opinión pública, que a su vez es creada y en ocasiones hasta suplantada por los medios masivos de comunicación, sobre la administración de "justicia".Interesa aquí, el traslape de dos roles profesionales socialmente importantes en tanto cohesionadores –o no-: el juez y el periodista.La penetración de la tecnología como medio de largo e íntimo alcance acentúa la influencia y hasta alteración de ámbitos de acción pública y privada, siendo que las empresas comunicadoras propenden a la deslegitimación y al consecuente debilitamiento de las estructuras públicas visibles y la potenciación de los periodistas como nuevos agentes socializadores, e incluso, más allá, promotores del orden y hasta de la intelectualidad.La tensión básica entre el derecho a la información y otro fundamento de la humanidad, cual es el honor de cada persona, se trata aquí in extenso, considerando de paso el problema de las problemáticas exacerbadas por el cálculo mediático y mediatizado de quienes sin medir consecuencias, propenden a criminalizar al margen del código penal y a "impunizar" o lo que es igual: a crear círculos intocables, al margen del código procesal penal y la ética más cauta.
Glin: Una ventana internacional de información jurídica
https://hdl.handle.net/10669/18036
Glin: Una ventana internacional de información jurídica
La Universidad de Costa Rica por medio de la Facultad de Derecho (Unidad de Informática Jurídica), ha asumido un compromiso con el desarrollo de la ciencia del Derecho en nuestro país: a través de la incorporación de nuevas tecnologías de la información, así como herramientas de primer orden, para proyectar nacional e internacionalmente la valiosa literatura juridical costarricense.La creación de la Estación GLIN (Global Legal Information Network) – UCR, es parte latente de ese compromiso, y refleja la oportunidad de contar con un medio digital que nos permita compartir con el mundo el conocimiento académico, por medio de la difusión de la producción intelectual de connotados juristas nacionales y a la vez tener acceso a información de la misma calidad de otros países.
¿Inmunidad o impunidad parlamentaria?
https://hdl.handle.net/10669/18013
¿Inmunidad o impunidad parlamentaria?
Las Inmunidades Parlamentarias tal y como se encuentran reguladas en la actualidad en el ordenamiento jurídico costarricense, son susceptibles de abrir portillos legales y convertirse en eventuales formas de Impunidad. Si bien, la finalidad de dichas prerrogativas se circunscribe, en condiciones ideales, a razones de funcionalidad e interés público, la práctica costarricense, ha demostrado que el abuso de los privilegios es constante, amparado a derecho y promotor de una criminalidad de élite que queda sin castigo. Las particularidades propias de las Inmunidades Parlamentarias, su vaga regulación, escaso estudio y compleja compresión, contribuyen en gran medida a la creación de un manto legal de permisibilidad, y la aprobación moral de conductas reprochables, que alimentan la cultura del olvido que tanto caracteriza el fenómeno de la impunidad.