Adaptabilidad y continuidad: la respuesta jurídico-educativa frente al COVID-19
contribución de congreso
Fecha
2020-09-17Autor
Villafuerte Vega, Andrés
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Mostrar el registro completo del ítemResumen
La pandemia por COVID-19 ha provocado una crisis sanitaria que tiene fuerte repercusiones en otros ámbitos de la sociedad, como el económico y el laboral. El servicio público educativo no escapa a dicha problemática, pues las medidas de confinamiento y distancia social imposibilitan el desarrollo de la enseñanza presencial.
A pesar de lo anterior, el servicio publico educativo no puede suspenderse, al considerarse como un derecho imprescindible para las personas menores de edad. Esto genera la necesidad de encontrar las respuestas que el ordenamiento jurídico brinda para superar tal crisis educativa.
El Derecho Administrativo ofrece el principio de continuidad de los servicios públicos como respaldo a los esfuerzos administrativos para mantener vigente el sistema de enseñanza, sin afectar los proyectos de vida del cuerpo estudiantil. Dentro de tal consideración, es obligatorio darle acompañamiento y seguimiento al estudiantado, en aras de no interrumpir / continuar sus estudios, a pesar de las dificultades de la crisis sanitaria.
El Derecho Internacional de los Derechos Humanos ofrece el principio de adaptabilidad del servicio público educativo, lo cual habilita la flexibilización de los sistemas de enseñanza, según las nuevas circunstancias y las necesidades del cuerpo estudiantil; siempre y cuando no excluyan a ninguna persona y se enfoquen en los contenidos imprescindibles de los programas de curso.
La inacción de las autoridades administrativas o del personal docente sobre tales principios, implica la posibilidad de aplicar los regímenes de responsabilidad previstos por el ordenamiento jurídico.
Ponencia en el Seminario Internacional Virtual “Derecho a la Educación en tiempos de COVID-19: retos y oportunidades”, Facultad de Derecho, Universidad Autónoma de Baja California.
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